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<rss xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" version="2.0"><channel><atom:link href="https://aldeagrande.blogia.com/feed.xml" rel="self" type="application/rss+xml"/><title>Cr&#xF3;nicas de Aldeagrande</title><description>cr&#xF3;nicas independientes del pueblo-estado de Aldeagrande</description><link>https://aldeagrande.blogia.com</link><language>es</language><lastBuildDate>Sun, 10 Dec 2023 12:02:20 +0000</lastBuildDate><generator>Blogia</generator><item><title>El Jurismo</title><link>https://aldeagrande.blogia.com/2006/020601-el-jurismo.php</link><guid isPermaLink="true">https://aldeagrande.blogia.com/2006/020601-el-jurismo.php</guid><description><![CDATA[<p>El <strong>Jurismo</strong> es una ideolog&iacute;a pol&iacute;tica basada en el principio de que una sociedad debe existir de tal manera que el colectivo judicial tenga el control del colectivo popular<span>  </span>y por lo tanto el control del poder pol&iacute;tico, de los medios de producci&oacute;n y en definitiva de la sociedad. Sin embargo, en la pr&aacute;ctica el significado <em>de facto</em> del jurismo ha ido cambiando con el transcurso del tiempo. Aunque es un t&eacute;rmino pol&iacute;tico bastante cargado, permanece fuertemente vinculado con el establecimiento de un estamento de cargos judiciales y de abogados, procuradores y litigantes organizados, y creados mediante eternos procesos judiciales, alejados de su origen primigenio, de tal forma que se han convertido en si mismo en el objeto final, siempre en procesos que inicialmente no tuvieron una adecuada soluci&oacute;n pol&iacute;tica de forma que se usurpaba la soluci&oacute;n a los ciudadanos y se resolv&iacute;a por decisi&oacute;n judicial aquello que por soluci&oacute;n pol&iacute;tica, hubiera sido contrario a los intereses de los litigantes, con el prop&oacute;sito de construir una sociedad adecuada a los intereses de determinadas minor&iacute;as. Tambi&eacute;n se ha enfocado &uacute;ltimamente al predominio de las soluciones judiciales y administrativas, sobre las colectivas, en las antiguas<span>  </span>democracias. El concepto y t&eacute;rmino <em>jurista</em> se refieren a un grupo de ideolog&iacute;as, un sistema de relaciones ciudadanos-estado que existe o existi&oacute;.En definitiva es una doctrina <span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana">que propugna la propiedad y administraci&oacute;n de<span>  </span>los colectivos por metodos judiciales as&iacute; como de los medios de producci&oacute;n, de cambio y de distribuci&oacute;n, as&iacute; como la regulaci&oacute;n por el estamento judicial<span>  </span>de las actividades econ&oacute;micas y sociales y de la distribuci&oacute;n de los bienes.</span></p>    <div align="left">   </div> <p align="left" class="MsoNormal">El estudio del jurismo propiamente dicho suele iniciarse a partir de la I Sentencia del Tribunal Supremo de Arag&oacute;n 2002, relativa a la segregaci&oacute;n de Aldeagrande y que supuso el fin de las decisiones democr&aacute;ticas y del sistema de un hombre un voto. Supuso la ascensi&oacute;n al poder de los primeros abogados, juristas, procuradores y de sus representados. Que a partir de ese momento perfeccionaron sus m&eacute;todos que alcanzaron su plenitud en la II, III y IV sentencias sobre la segregaci&oacute;n. Ello fue posible por la existencia de una clase judicial, acomodaticia y senil, por la incapacidad manifiesta de los poderes ejecutivos, sustentados por pol&iacute;ticos de escasa capacidad, tr&aacute;nsfugas, e intereses econ&oacute;micos inmobiliarios. Esto y la ascensi&oacute;n al poder de los agricultores especuladores, que cambiaron el cultivo del ma&iacute;z, por el del ladrillo y sumado el apoyo de un cierto nacionalismo de origen alem&aacute;n, sustentado todo ello en las doctrinas de cierto catedr&aacute;tico de derecho advenedizo y de pocos escr&uacute;pulos<span>  </span>fue lo que dio<span>  </span>origen y asiento el jurismo en todo la zona pr&oacute;xima a Aldeagrande.</p><p align="left" class="MsoNormal">Hoy en d&iacute;a son diversas las ramas del jurismo y constituyen todas ellas una gran familia destacando entre ellas el jurismo &uacute;topico, el libertario, el de mercado, el cient&iacute;fico, el cristiano, el musulm&aacute;n o jurismo panislamico y el ecojurismo.<span style="font-size: 12pt"> </span></p>]]></description><pubDate>Mon, 06 Feb 2006 01:11:00 +0000</pubDate></item><item><title>La Juristocracia</title><link>https://aldeagrande.blogia.com/2006/020301-la-juristocracia.php</link><guid isPermaLink="true">https://aldeagrande.blogia.com/2006/020301-la-juristocracia.php</guid><description><![CDATA[<div style="text-align: left">Corresponde a Aldeagrande el honor de ser la primera aldea-estado en adoptar esta forma de gobierno y de ser la m&aacute;s desarrollada y evolucionada de todas ellas. Basada en el jurismo, la juriscracia se caracteriza por el predominio del poder judicial sobre el legislativo y ejecutivo de forma que los ciudadanos se ven supeditados al orden judicial y todas sus decisiones deben estar conforme a lo que dicten los &oacute;rganos jur&iacute;dicos competentes. Si en la democracia se establece la separaci&oacute;n entre los tres poderes, en esta forma de estado el poder judicial, aglutina los tres bajo la mirada atenta de la sala del Tribunal Supremo, la sala de lo contencioso y el juzgado de primera instancia, de suerte que lo que de ellas emana es doctrina ejecutiva y legislativa.<br /> La sede m&aacute;xima de gobierno se sit&uacute;a al final de la Avenida de la Sabina en la plaza donde se encuentra el hist&oacute;rico &aacute;rbol del mismo nombre y se aloja en el edificio de los juzgados de aspecto moderno y funcional y de estilo neojudicial.<br /> </div>]]></description><pubDate>Fri, 03 Feb 2006 23:50:00 +0000</pubDate></item><item><title>Introducci&#xF3;n</title><link>https://aldeagrande.blogia.com/2006/012702-introduccion.php</link><guid isPermaLink="true">https://aldeagrande.blogia.com/2006/012702-introduccion.php</guid><description><![CDATA[<p>Fecha de Bit&aacute;cora, nos situamos en el a&ntilde;o estelar <strong>1.345.232-27 </strong>con la fecha local de <strong>Aldeagrande </strong>de <strong>27 de enero de 2106</strong>. Estas cr&oacute;nicas son el resultado de arduos estudios, realizados sobre primer y m&aacute;s importante de los pueblos-estados que surgieron en la zona de la antigua ciudad de <strong>Cesaraugusta, latitud: 41.66 y Longitud: -1.01</strong>, en los albores del siglo 21. Se han examinado todos los hechos documentales disponibles: expedientes; correos electr&oacute;nicos; foros; prensa; radio y televisi&oacute;n, as&iacute; como la memoria hist&oacute;rica de los supervivientes y se han interpretado los hechos en aquellos sucesos en los que no se dispon&iacute;a de suficiente soporte documental, utilizando para ello el interpolador <em>dermin x356woss</em>. Como es de suponer los nombres que se dan son ficticios y en absoluto, coinciden con los reales a fin de preservar el derecho hist&oacute;rico a la protecci&oacute;n de la intimidad y el buen nombre de los sujetos que aparecen en este estudio, m&aacute;xime conoci&eacute;ndose las especiales caracter&iacute;sticas de los nativos de aldeagrande, que podr&iacute;an causar graves perjuicios administrativos y judiciales, al autor del estudio. Por lo que declino cualquier responsabilidad sobre cualquier parecido real con la situaci&oacute;n descrita, siendo est&aacute; en todo caso una visi&oacute;n objetiva del observador y subjetiva del lector y de orden casual, no siendo ni premeditada ni dirigida. En cualquier caso no son pues cr&oacute;nicas oficiales sino todo lo contrario, son altamente independientes, como se observara a lo largo de las mismas, ausentes de publicidad; de sponsor y agradecimientos. Su periodicidad ser&aacute; de car&aacute;cter entre semanal a mensual, dado que cada uno de los art&iacute;culos de las cr&oacute;nicas deben pasar el correspondiente test de calidad <em>ISO-WP-9235</em>.</p>   <p>Para cualquier observaci&oacute;n, apunte o simplemente si dispone de m&aacute;s hechos constatables se puede poner en contacto con el cronista en la direcci&oacute;n cronista01@latinmail.com. Abst&eacute;ngase spamm, insultos y descalificaciones de dudosa intenci&oacute;n.</p>   <p align="right" style="text-align: right" class="MsoNormal">El cronista </p>   <p> </p>   <p class="MsoNormal"> </p>]]></description><pubDate>Fri, 27 Jan 2006 09:57:00 +0000</pubDate></item></channel></rss>
